lunes, 22 de octubre de 2018

LA NEURODIVERSIDAD: INCLUSIÓN EDUCATIVA E INSERCIÓN LABORAL





Por: Fiorella Rosales Vargas Machuca de Rodríguez


La naturaleza del ser humano es compleja, y en ese sentido, ésta complejidad se manifiesta de diferentes formas, que se reflejan a nivel cognitivo, físico o emocional. Por ello, es importante comprender la heterogeneidad y diversidad cognitiva de cada ser humano, que lo convierte en un individuo único y diferente a otro.

Sin embargo, tal complejidad de nuestra naturaleza, no ha sido tomada en cuenta, pues siempre, el ámbito educativo, laboral y social han trabajado sobre la base de un patrón, contra el que, a paso lento, luchan constantemente las personas neurodiversas. Por tanto, es muy importante, entender que la diversidad habita en la sociedad, como “propiedad connatural" de todos los seres humanos y, no constituye un sistema de diferenciación, como hasta hoy, erróneamente, lo hemos entendido.

La neurodiversidad, no es una limitación, ni discapacidad, y es lo que se debe trabajar en la sociedad, a fin de romper el paradigma de creer a una persona neurodiversa como si tuviera una enfermedad o discapacidad, cuando en realidad, se le debe mirar desde las fortalezas y las debilidades.

Aun si la neurodiversidad constituyera un tipo de discapacidad, se deben respetar los derechos de las personas neurodiversas, sus derechos fundamentales: educación, trabajo, recreación; en tanto personas que son, como también lo es exigible a las personas con discapacidad física, mental o emocional.

Precisamente, por las diferencias y discriminación a las que son sometidas estas personas en conjunto, es que el Estado con un afán proteccionista, a través de instrumentos legales, ha adaptado políticas con un sistema educativo inclusivo como la Ley 30797, Ley que promueve la educación inclusiva y modifica el artículo 52, e Incorpora los artículos 19-a y 62-a en la ley 28044 Ley General de Educación, que establece, que las instituciones adopten medidas para asegurar condiciones de accesibilidad, disponibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad en la provisión de los servicios educativos; y, desarrollen planes educativos personalizados para los estudiantes con necesidades educativas especiales. Así también, dentro de las políticas inclusivas educativas, se establece que los colegios deben reservar dos vacantes por aula, para niños con algún tipo de discapacidad o necesidad especial, recordando que la inclusión educativa se inicia con la matrícula y el registro en la nómina correspondiente.

Además, se han establecido políticas de inserción laboral, a través de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que busca, precisamente, impulsar el acceso a personas con discapacidad a puestos de trabajo dignos y con condiciones laborales adecuadas, saludables y seguras, y en ese sentido, es que se exige a las empresas una cuota de empleo dependiendo si se trata de una empresa del sector privado o público. Para el sector privado, la cuota de empleo dispone que si cuentan con más de 50 personas, deben tener como mínimo el 3% de su personal general. Mientras que, en el sector público, la cuota de empleo asciende al 5%.

Como se aprecia, estas normas buscan promover la inclusión social en el país, respetar los derechos fundamentales, para un desenvolvimiento y desarrollo integrado, donde interactúen personas diversas, diferentes sin discriminación, porque nadie debe ser limitado ni restringido por la condición de discapacidad, por un problema de aprendizaje o de cualquier otra índole.

Debemos entender que, al hablar de educación inclusiva, no se pretende mejorar la educación para los niños con discapacidad solamente, sino que se pretende mejorar la educación de todos.

En consecuencia, aceptando que somos personas diferentes, pero con los mismos derechos, y sobretodo rescatando y mirando nuestras habilidades, más que nuestras “discapacidades”, permitirá que nuestra sociedad evolucione en todos los sentidos.


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