Fabián Vinces Salazar
En medio del estado de emergencia
por COVID-19, en los últimos días se ha generado una intensa polémica por la
situación de los penales en nuestro país.
De un lado están quienes sostienen la universalidad de los derechos humanos, haciendo énfasis en la vida y la salud de los reos. Al frente, otros arguyen que estos deben asumir el peso de la ley y seguir cumpliendo su condena.
Propongo un análisis amplio y
profundo de la situación.
Cultura, ley y
gobierno
Las leyes son los soportes de la
civilización, esa forma de organización en la cual el individuo renuncia a sus
pulsiones primarias para buscar el bien común. En ese sentido, hallaremos que
para Adam Smith la benevolencia se corresponde con la justicia, pues esta se
trata -principalmente- de evitarle daño o malestar al otro.
La cultura, a decir de Sigmund
Freud, se funda a partir de la seguridad en el orden jurídico. Para que este
resulte en un estado civil justo, las leyes deben dictarse por toda la nación
y, asimismo, ser aplicada a todos los ciudadanos. Esto, evidentemente, abarca
derechos y deberes. Dura lex, sed lex.
Tal como propone Rousseau, el
gobierno del derecho implica la renuncia de las pasiones al momento de dictar y
hacer cumplir las leyes. Por su parte, el psicoanálisis señala que -para lograr
la función simbólica de restablecer la noción de ley- la condena no debe ser
ejercida como un castigo sádico por los agentes de la ley.
Cuando la ley se ejerce con afán
sádico, esta deja de responder a su fin de sancionar el delito y se desvirtúa, castigando
a la persona. Para muestra, un botón: el caso del así llamado “Monstruo de
Armendariz”. En 1957, la justicia peruana condenó a muerte a un hombre acusado
de matar a un niño de 3 años. Años después, investigaciones forenses
comprobaron que el condenado no era culpable.
¿Abrimos la
cárcel?
Un sistema judicial ineficiente y
percibido como muy corrupto ha llevado al colapso de los centros penitenciarios.
Según datos provistos por el propio INPE, la sobrepoblación en las cárceles es
de 138%. Además, cerca del 40% de internos se hallan en condición de procesados,
es decir, están privados de su libertad sin una sentencia firme.
Dado que la emergencia nacional por
COVID-19 pone en riesgo a todos en el país, corresponde salvaguardar también la
salud y la vida de los reos. Ese modo de ejercer la ley asegurará al país el
estatus de democrático, civilizado y justo. El desacato o manipulación de la
legalidad transformaría al estado en una dictadura. Avalar o demandar dicha
posibilidad significa renunciar a la soberanía como nación.
Es evidente que quienes fueron
correctamente juzgados, deben cumplir su sentencia. También es cierto que, en
tanto la constitución lo avala, pueden darse las figuras de indulto o
conmutación de penas por carácter humanitario.
En un claro ejercicio de sensatez, el
presidente ha precisado que no serán beneficiarios del excarcelamiento quienes
hayan cometido delitos de corrupción, violación o feminicidio (y muy
probablemente, otros delitos tipificados como graves). Quizás no fue tan
sensato cuando desatendió la situación de los penales al inicio de esta
emergencia sanitaria. De ello tendrá que hacerse responsable.
Como ciudadanos comprometidos con
el crecimiento de nuestro país, nos corresponde vigilar a los poderes del
estado en el manejo de la crisis en los penales, sabiendo que este es uno de
los tantos pasos por andar en el camino hacia la transformación del inmenso y
paquidérmico aparato estatal.
Sobre el autor
- Psicólogo clínico y terapeuta
psicoanalítico con más de 15 años de experiencia clínica en el ámbito privado e
institucional.
- Capacitador en temáticas de salud
mental y facilitador de talleres de desarrollo de personas y equipos de
trabajo.